jueves, 20 de diciembre de 2012

FACUA cree que el aval del TC a la atención a inmigrantes en Euskadi deja al Gobierno sin excusas para negarles el derecho a la sanidad



La asociación cree que el auto abre la puerta a que otras comunidades hagan frente a las medidas restrictivas del Ejecutivo de Rajoy desde la normativa autonómica.
FACUA-Consumidores en Acción celebra que el Tribunal Constitucional (TC) haya decretado el levantamiento de la suspensión cautelar de la normativa que permite al Gobierno vasco seguir facilitando la tarjeta sanitaria a los inmigrantes en situación irregular.
El Constitucional ha admitido la argumentación del Ejecutivo vasco sobre "la conveniencia de evitar riesgos para la salud del conjunto de la sociedad", un derecho  que podría "desvirtuarse" por la "mera consideración de un eventual ahorro económico que no ha podido ser concretado".
Para FACUA, este auto abre la puerta a que otras comunidades autónomas puedan hacer frente a los recortes que el Gobierno de Mariano Rajoy está llevando a cabo no sólo en sanidad, sino también en derechos como el de la educación.
La asociación considera que el auto del TC deja al Ejecutivo central sin excusas para retirar las prestaciones sanitarias a los inmigrantes que viven en España en situación irregular por no lograr un contrato de trabajo en un país que se acerca a los seis millones de parados.
FACUA promovió la petición de un recurso de inconstitucionalidad
FACUA inició el pasado marzo una campaña para promover un recurso de inconstitucionalidad contra una inmoral perversión que puede condenar a la muerte por desatención a multitud de ciudadanos y atenta contra un derecho humano básico reconocido por tratados internacionales, la Constitución Española y en diferentes Estatutos de Autonomía.
A través de la web FACUA.org, los consumidores pueden remitir un manifiesto a todos los miembros de la oposición en el Congreso de los Diputados y el Senado para exigirles recurrir esta norma ante este tribunal.
Los argumentos de FACUA
En el manifiesto, que los consumidores pueden suscribir y remitir a diputados y senadores, se denuncia que "negar la sanidad a los inmigrantes sin legalizar representa un paso más en el rompimiento de nuestro modelo universal de prestación del servicio sanitario que supone discriminar en el acceso a un derecho humano y es el principio de un modelo sanitario excluyente e injusto".
"La salud", continúa el texto, "es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social y por tanto no debería caber discriminación alguna en su prestación. Cualquier persona que se encuentre en territorio español debería tener derecho a la atención sanitaria en idénticas condiciones, tal y como se establece en la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública".
El artículo 6 de dicha Ley reconoce que "todas las personas tienen derecho a que las actuaciones de salud pública se realicen en condiciones de igualdad sin que pueda producirse discriminación por razón de nacimiento, origen racial, étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".
"La no discriminación y la igualdad de derechos de todas las personas", continúa, "son principios de nuestra Constitución vulnerados por el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para -según lo ha denominado el Gobierno- garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones".
La valoración del Tribunal Constitucional
El Ejecutivo vasco defendía, asimismo, que la falta de atención gratuita a este colectivo, además de repercutir "en su estado de salud individual", repercutiría en "la propagación de determinadas enfermedades infecto contagiosas, afectando directamente a la salud de toda la sociedad".
Por su parte, la Abogacía del Estado basaba su argumentación en los perjuicios económicos y en la necesidad de control del déficit público. Sin embargo, el TC recuerda que no se concretan cuáles son esos perjuicios económicos, "seguramente porque ello no sea posible, entre otras razones, al poder darse la eventualidad de que se produzca sencillamente una transferencia de gasto de la atención primaria a la atención de urgencias".

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